
Para otorgar un VISADO DE ENTRADA A ITALIA, el estado italiano requiere que los ciudadanos no comunitarios, o quienes los inviten, estipulen una garantía específica emitida por un banco o una compañía de seguros autorizada para operar la sucursal de Fianzas.
Esta cobertura de seguro es necesaria para demostrar la disponibilidad efectiva de medios de subsistencia adecuados para el ciudadano extracomunitario durante su estancia en el país de la UE.
La fianza puede ser estipulada por el ciudadano extranjero o por la persona que lo invita, con un permiso de residencia regular, actualmente residente en Italia.
A diferencia de las garantías bancarias, las garantías de seguros no prevén el depósito de un valor equivalente a garantizar (actualmente igual a 3.905,00 €). Esta característica inevitablemente los hace más apetecibles.
Las compañías de seguros, sin embargo, subordinan la emisión de la fianza a la verificación de la solvencia económica del solicitante, exigiendo documentos que acrediten la condición económica del solicitante.
Documentos del solicitante para adjuntar a la solicitud
- Documentos de identidad
- código de identificación fiscal
- Últimos dos cheques de pago
- Último modelo ÚNICO
Documentos del invitado para adjuntar a la solicitud
- Pasaporte del invitado
- Carta de invitación completada en su totalidad
La garantía para una estancia en Italia de hasta 90 días, en cumplimiento de la Directiva de 1 de marzo de 2000 del Ministerio del Interior, tiene un coste total de 120,00 €.
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